Ley de Protección de Datos Personales
Artículo 25. Derecho a ser indemnizado
El titular de datos personales que sea afectado a consecuencia del incumplimiento de la presente Ley por el titular o por el encargado de tratamiento de datos personales o por terceros, tiene derecho a obtener la indemnización correspondiente, conforme a ley.
Comentario
Consagra el derecho del titular de datos personales a obtener indemnización por los daños sufridos como consecuencia del incumplimiento de la Ley de Protección de Datos Personales. Este derecho se extiende a los incumplimientos cometidos por el titular del tratamiento, el encargado o terceros, y se rige por las normas de responsabilidad civil aplicables.
Temas: responsabilidad civil por tratamiento de datos, daño derivado de incumplimiento normativo, titularidad de derechos de protección de datos, reparación integral de derechos de la personalidad, obligaciones del responsable del tratamiento