Ley de Protección de Datos Personales

Artículo 21. Artículo 21. Derecho a impedir el suministro

El titular de datos personales tiene derecho a impedir que estos sean suministrados, especialmente cuando ello afecte sus derechos fundamentales. El derecho a impedir el suministro no aplica para la relación entre el titular del banco de datos personales y el encargado de tratamiento de datos personales para los efectos del tratamiento de estos

Comentario

El artículo 21 reconoce al titular de datos personales el derecho a prohibir que sus datos sean suministrados a terceros, particularmente cuando ello lesione derechos fundamentales. Se establece una excepción: dicho derecho no se ejerce frente a la transmisión de datos entre el responsable del banco de datos y el encargado de tratamiento en el contexto de la relación contractual de tratamiento.

Temas: autodeterminación informativa, derecho a impedir suministro, transferencia de datos personales, responsable y encargado de tratamiento, derechos fundamentales y datos personales, consentimiento informado