Ley General de Contrataciones Públicas

Cuarta. Aplicación de la norma en el tiempo

Los procedimientos de selección iniciados antes de la vigencia de la presente ley se rigen por las normas vigentes al momento de su convocatoria.

Comentario

Establece que los procedimientos de selección iniciados antes de la entrada en vigencia de la Ley N° 32069 continúan regulados por las normas que estaban en vigor al momento de su convocatoria. Esta disposición consagra un principio de no retroactividad que protege la estabilidad de los procesos contractuales ya en curso.

Temas: retroactividad de normas, transición legislativa, procedimientos públicos, seguridad jurídica, convocatoria pública, continuidad administrativa