Constitución Política del Perú

Quinta. Elecciones municipales

Las elecciones municipales se alternan con las generales de modo que aquéllas se realizan a mitad del período presidencial, conforme a ley. Para el efecto, el mandato de los alcaldes y regidores que sean elegidos en las dos próximas elecciones municipales durará tres y cuatro años respectivamente.

Comentario

Regula el calendario electoral municipal estableciendo su alternancia con las elecciones generales, ubicándose a mitad del período presidencial. Fija transitorialmente la duración diferenciada del mandato de autoridades municipales elegidas en las dos próximas elecciones (tres años para alcaldes, cuatro para regidores) como medida de sincronización electoral.

Temas: calendario electoral municipal, alternancia de elecciones, ciclo de mandatos, distribución temporal de procesos electorales, disposición transitoria, sincronización electoral