Constitución Política del Perú
Artículo 8. Represión al Tráfico Ilícito de Drogas
El Estado combate y sanciona el tráfico ilícito de drogas. Asimismo, regula el uso de los tóxicos sociales.
Comentario
El artículo 8 establece el deber constitucional del Estado de combatir y sancionar el tráfico ilícito de drogas, así como de regular el consumo de sustancias tóxicas que afectan la sociedad. Consagra una competencia y obligación estatal de represión e intervención en materia de estupefacientes y sustancias controladas.
Temas: tráfico ilícito de drogas, represión estatal, drogas y seguridad pública, salud colectiva, sustancias controladas, potestad regulatoria estatal