Ley de Competencia Notarial en Asuntos No Contenciosos

Artículo 28. Modificación o Extinción

Para la modificación y extinción del patrimonio familiar, se siguen los mismos trámites que para su constitución.

Comentario

El artículo 28 establece que la modificación y extinción del patrimonio familiar se rigen por los mismos procedimientos aplicables a su constitución. Ello simplifica el régimen procesal notarial al unificar los trámites ante notario para las tres fases del patrimonio familiar.

Temas: patrimonio familiar, modificación de actos notariales, extinción del patrimonio, trámites notariales, asuntos no contenciosos, remisión normativa