Ley de Competencia Notarial en Asuntos No Contenciosos

Artículo 26. Publicación

El notario manda publicar un extracto de la solicitud, conforme a lo dispuesto por el Artículo 13 de la presente ley.

Comentario

El artículo 26 ordena al notario publicar un extracto de la solicitud de constitución de patrimonio familiar, sujetándose a los requisitos de publicidad establecidos en el artículo 13 de la Ley N° 26662. La publicación constituye un trámite de publicidad registral previo a la expedición de la escritura pública.

Temas: patrimonio familiar, publicidad notarial, actos no contenciosos, oponibilidad frente a terceros, procedimiento notarial, extracto de solicitud