Octava. Órganos resolutores en caso de aportaciones de períodos anteriores a julio de 1999
El ESSALUD y la ONP son órganos resolutores respecto de los procedimientos contenciosos y no contenciosos correspondientes a las aportaciones a la Seguridad Social anteriores a julio de 1999, de acuerdo a lo establecido por el Decreto Supremo Nº 039-2001-EF
(Segunda Disposición Transitoria del Decreto Legislativo Nº 953, publicado el 5 de febrero de 2004.)
Comentario
Designa a ESSALUD y ONP como órganos resolutores competentes para conocer y resolver procedimientos contenciosos y no contenciosos relativos a aportaciones a la Seguridad Social efectuadas antes de julio de 1999. Establece que estas entidades ejercen jurisdicción administrativa sobre tales controversias conforme a lo dispuesto en el D.S. N° 039-2001-EF.
Temas: competencia administrativa transitoria, aportaciones de seguridad social, órganos resolutores especializados, procedimientos no contenciosos, derecho intertemporal tributario