Código Tributario

Artículo 83. ELABORACIÓN DE PROYECTOS

Los órganos de la Administración Tributaria tendrán a su cargo la función de preparar los proyectos de reglamentos de las leyes tributarias de su competencia.

Comentario

El artículo 83 asigna a los órganos de la Administración Tributaria la función de preparar proyectos de reglamentos para las leyes tributarias de su competencia. Establece una obligación de carácter funcional dirigida a la elaboración de normas reglamentarias que desarrollen y complementen la legislación tributaria sustantiva.

Temas: potestad reglamentaria, administración tributaria, normativa tributaria secundaria, función administrativa, competencia tributaria