Artículo 8. CONTRIBUYENTE
Contribuyente es aquél que realiza, o respecto del cual se produce el hecho generador de la obligación tributaria.
Comentario
El artículo define al contribuyente como el sujeto que ejecuta o genera, fáctica o jurídicamente, el acto o evento que la ley tributaria vincula al nacimiento de la obligación de pagar tributo. Esta definición es nuclear en el sistema tributario, pues identifica al obligado principal en la relación impositiva.
Temas: hecho generador, obligación tributaria, capacidad tributaria pasiva, sujeto pasivo, responsabilidad tributaria, deudor tributario