Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes

Artículo 1. Objeto de la norma

1.1. El presente Código regula el proceso de responsabilidad penal que se sigue a los adolescentes por la comisión de infracciones, que constituyen hechos tipificados en el Código Penal o en las leyes especiales como delitos o faltas. Comprende desde las medidas para intervenir sin recurrir al proceso judicial, así como las actuaciones a nivel policial, la investigación del hecho infractor, la atribución de responsabilidad en el proceso judicial, la determinación de las medidas socioeducativas y su ejecución.

1.2. Desde el inicio de la investigación, durante el desarrollo del proceso y en la ejecución de la medida socioeducativa impuesta, se respetan todos los derechos y garantías procesales reconocidos a las personas adultas, así como los que les son conferidos por los instrumentos internacionales específicos sobre la materia por ser menor de edad.

Comentario

El artículo 1 del Decreto Legislativo N° 1348 define el objeto del Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes, estableciendo que regula integralmente el proceso seguido contra adolescentes por infracciones tipificadas en el Código Penal o leyes especiales, desde medidas de intervención extrajudicial hasta la ejecución de medidas socioeducativas. Garantiza además que en todas las fases se respeten los derechos y garantías procesales reconocidos a adultos, más los derechos específicos del adolescente conforme a instrumentos internacionales.

Temas: responsabilidad penal de adolescentes, medidas socioeducativas, justicia especializada de menores, garantías procesales del adolescente, infracciones y delitos de adolescentes, principio del interés superior del menor