Artículo 87. Instrucciones preliminares
1. Antes de comenzar la declaración del imputado, se le comunicará detalladamente el hecho objeto de imputación, los elementos de convicción y de pruebas existentes, y las disposiciones penales que se consideren aplicables. De igual modo se procederá cuando se trata de cargos ampliatorios o de la presencia de nuevos elementos de convicción o de prueba. Rige el numeral 2) del artículo 71.
2. De igual manera, se le advertirá que tiene derecho a abstenerse de declarar y que esa decisión no podrá ser utilizada en su perjuicio. Asimismo, se le instruirá que tiene derecho a la presencia de un abogado defensor, y que si no puede nombrarlo se le designará un defensor de oficio. Si el abogado recién se incorpora a la defensa, el imputado tiene derecho a consultar con él antes de iniciar la diligencia y, en su caso, a pedir la postergación de la misma.
3. El imputado también será informado de que puede solicitar la actuación de medios de investigación o de prueba, a efectuar las aclaraciones que considere convenientes durante la diligencia, así como a dictar su declaración durante la etapa de Investigación Preparatoria.
4. Sólo se podrá exhortar al imputado a que responda con claridad y precisión las preguntas que se le formulen. El Juez, o el Fiscal durante la investigación preparatoria, podrán hacerle ver los beneficios legales que puede obtener si coopera al pronto esclarecimiento de los hechos delictuosos.
Comentario
El artículo 87 regula las instrucciones preliminares que deben comunicarse al imputado antes de rendir su declaración. Establece la obligación del Juez o Fiscal de informar detalladamente sobre el hecho imputado, elementos de convicción, disposiciones penales aplicables, derechos procesales y posibilidades de colaboración. Su cumplimiento es requisito de validez de la declaración.
Temas: derecho de defensa técnica, derecho a guardar silencio, derecho a información de imputación, actos de investigación preliminares, garantías procedimentales del imputado, exhortación y coerción procesal