Artículo 515. Carácter de la resolución consultiva de la Corte Suprema
1. Cuando la Sala Penal de la Corte Suprema emita resolución consultiva negativa a la extradición, el Gobierno queda vinculado a esa decisión.
2. Si la resolución consultiva es favorable a la entrega o considera procedente solicitar la extradición a un país extranjero, el Gobierno puede decidir lo que considere conveniente.
Comentario
El artículo regula el carácter vinculante diferenciado de las resoluciones consultivas que emite la Sala Penal de la Corte Suprema en materia de extradición. Establece que el Gobierno queda obligado por dictámenes negativos, pero mantiene libertad de decisión respecto de dictámenes positivos o favorables. Esta asimetría configura un control judicial con alcance limitado sobre la decisión final del ejecutivo.
Temas: extradición, resolución consultiva, vinculatoriedad de decisiones judiciales, discrecionalidad ejecutiva, cooperación internacional penal, garantías procesales