Artículo 341-A. Operaciones encubiertas
1. Cuando en las Diligencias Preliminares se trate de identificar personas naturales y jurídicas, así como bienes y actividades propias de la criminalidad organizada, de la trata de personas y de los delitos contra la administración pública previstos en los artículos 382 al 401 del Código Penal, en tanto existan indicios de su comisión, el Ministerio Público podrá autorizar a la Policía Nacional del Perú a fin de que realice operaciones encubiertas sin el conocimiento de los investigados, tales como la protección legal de personas jurídicas, de bienes en general, incluyendo títulos, derechos y otros de naturaleza intangible, entre otros procedimientos. El Fiscal podrá crear, estrictamente para los fines de la investigación, personas jurídicas ficticias o modificar otras ya existentes, así como autoriza la participación de personas naturales encubiertas, quienes podrán participar de procesos de selección, contratación, adquisición o cualquier operación realizada con o para el Estado.
2. La autorización correspondiente será inscrita en un registro especial bajo los parámetros legales señalados para el agente encubierto. Por razones de seguridad, las actuaciones correspondientes no formarán parte del expediente del proceso respectivo sino que formarán un cuaderno secreto al que sólo tendrán acceso los jueces y fiscales competentes.
3. Ejecutado lo dispuesto en el numeral 1, se requerirá al Juez Penal competente la confirmatoria de lo actuado. Dicha resolución es apelable
Comentario
El artículo 341-A regula las operaciones encubiertas que el Ministerio Público puede autorizar a la Policía Nacional durante las diligencias preliminares para investigar criminalidad organizada, trata de personas y delitos contra la administración pública. Estas operaciones incluyen la creación de personas jurídicas ficticias y la participación de personas naturales encubiertas, con registro especial y reserva de actuaciones en cuaderno secreto.
Temas: operaciones encubiertas, personas jurídicas ficticias, agente encubierto, criminalidad organizada, cuaderno secreto, control judicial posterior