Código Procesal Penal

Artículo 215. Contenido de la resolución

1. La resolución autoritativa contendrá: el nombre del Fiscal autorizado, la finalidad específica del allanamiento y, de ser el caso, las medidas de coerción que correspondan, la designación precisa del inmueble que será allanado y registrado, el tiempo máximo de la duración de la diligencia, y el apercibimiento de Ley para el caso de resistencia al mandato.

2. La orden tendrá una duración máxima de dos semanas, después de las cuales caduca la autorización, salvo que haya sido expedida por tiempo determinado o para un período determinado, en cuyo caso constarán esos datos.

Comentario

El artículo 215 del CPP regula el contenido obligatorio de la resolución judicial que autoriza un allanamiento y registro de domicilio, así como la vigencia temporal de la orden. Establece los requisitos formales y sustantivos que debe contener la resolución para garantizar que la medida sea determinada, proporcional y controlable.

Temas: allanamiento de domicilio, control judicial previo, garantías formales de restricción de derechos, inviolabilidad del domicilio, caducidad de autorización judicial, determinación de acto administrativo