Artículo 202. Legalidad procesal
Cuando resulte indispensable restringir un derecho fundamental para lograr los fines de esclarecimiento del proceso, debe procederse conforme a lo dispuesto por la Ley y ejecutarse con las debidas garantías para el afectado.
Comentario
El artículo 202 del Código Procesal Penal establece el principio de legalidad procesal como condición de validez para toda restricción de derechos fundamentales en el proceso penal. Exige que tales restricciones se realicen conforme a ley y con garantías para el afectado, vinculando la búsqueda de prueba al respeto de los derechos constitucionales.
Temas: legalidad procesal, restricción de derechos fundamentales, proporcionalidad probatoria, garantías procesales, esclarecimiento penal, límites del poder investigador