Nuevo Código Procesal Constitucional
Artículo 77. Inconstitucionalidad de normas conexas
La sentencia que declare la ilegalidad o inconstitucionalidad de la norma impugnada declarará igualmente la de aquella otra a la que debe extenderse por conexión o consecuencia.
Comentario
El artículo regula la extensión de los efectos de las sentencias de control de normas: cuando se declara la inconstitucionalidad o ilegalidad de una disposición, la sentencia debe abarcar también las normas conexas o que sean consecuencia lógica de ella. Así se asegura coherencia en el ordenamiento jurídico y se evita que disposiciones vinculadas queden vigentes pese a su inconstitucionalidad derivada.
Temas: control de constitucionalidad, inconstitucionalidad de normas, normas conexas, efectos de la sentencia, coherencia del ordenamiento, ilegalidad de disposiciones