Nuevo Código Procesal Constitucional

Artículo 19. Requisitos para su procedencia

El juez para conceder la medida cautelar deberá observar que el pedido sea adecuado o razonable, que tenga apariencia de derecho y que exista certeza razonable de que la demora en su expedición pueda constituir un daño irreparable.

En todo lo no previsto expresamente en el presente código, es de aplicación supletoria lo dispuesto en el Título IV de la Sección Quinta del Código Procesal Civil, con excepción de los artículos 618, 630, 636 y 642 al 672.

Tampoco es de aplicación supletoria el artículo 621 del Código Procesal

Civil, salvo que se trate de procesos de selección de obras públicas o de ejecución de estas, a que se refiere el último párrafo del presente artículo.

En los procedimientos de selección de obras públicas o de ejecución de estas, la medida cautelar se acompaña de contra cautela, consistente en una carta fianza solidaria, incondicionada, irrevocable y de realización automática a primer requerimiento en favor del Estado, con una vigencia no menor de seis meses, debiendo ser renovada por el tiempo que dure el proceso, y otorgada por una entidad con clasificación de riesgo B o superior autorizada por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones o estar consideradas en la última lista de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú.

El juez puede desestimar la medida cautelar si considera que el monto de la carta fianza es insuficiente para garantizar la reparación de los daños y perjuicios que puedan resultar de la medida.

Comentario

El artículo 19 del NCPC establece los requisitos que debe cumplir toda solicitud de medida cautelar en procesos constitucionales: adecuación, apariencia de derecho y certeza razonable de daño irreparable por demora. Además, remite supletoriamente al Código Procesal Civil con excepciones expresas, e introduce un régimen especial de contra cautela mediante carta fianza para procedimientos de obras públicas.

Temas: medida cautelar, apariencia de derecho, daño irreparable, contra cautela, carta fianza, obras públicas