Segunda
Las normas procesales son de aplicación inmediata, incluso al proceso en trámite. Sin embargo, continuarán rigiéndose por la norma anterior: las reglas de competencia, los medios impugnatorios interpuestos, los actos procesales con principio de ejecución y los plazos que hubieran empezado.
Comentario
Establece que las normas procesales civiles rigen de manera inmediata e irrogatoria, salvo excepciones expresas relativas a competencia, recursos interpuestos, actos iniciados y plazos en curso. Protege la seguridad jurídica procesal al evitar cambios retroactivos en aspectos sustanciales del proceso.
Temas: aplicación temporal de normas procesales, inmediatez procesal, seguridad jurídica en procesos en trámite, competencia territorial, plazos procesales, actos procesales iniciados