Decima
De conformidad con la Vigésimo Quinta Disposición Final de la Ley Orgánica del Poder Judicial (Decreto Legislativo 767), las normas del Código Procesal Civil se aplican preferentemente respecto de las de aquella.
Comentario
Establece la prelación normativa entre el Código Procesal Civil y la Ley Orgánica del Poder Judicial, otorgando preferencia a las disposiciones del código procesal civil en caso de conflicto. Determina el orden de aplicación de normas en la solución de incompatibilidades entre ambos cuerpos legales.
Temas: conflicto de normas, prelación normativa, aplicación preferente, relación entre código procesal y ley orgánica, jerarquía de fuentes, coherencia del ordenamiento procesal