Código Procesal Civil

Artículo 803. Requisitos y anexos del ofrecimiento judicial

Además de lo dispuesto en el Artículo 751, en lo que corresponda, el solicitante deberá precisar con el mayor detalle posible la naturaleza y cuantía de la obligación, anexando los medios probatorios que acrediten:

1. Que la obligación le es exigible; y

2. Que en el pago que pretenda realizar concurren los requisitos establecidos en el Código Civil.

Comentario

El artículo 803 establece los requisitos formales y documentales que debe cumplir quien ofrece judicialmente pago o consignación. Exige precisión en la descripción de la obligación y acompañamiento de pruebas que demuestren la exigibilidad de la deuda y el cumplimiento de los requisitos civiles para el pago válido.

Temas: ofrecimiento judicial de pago, consignación, exigibilidad de obligación, requisitos civiles del pago, carga probatoria, procedimiento especial