Código Procesal Civil

Artículo 705. Mandato Ejecutivo

El mandato ejecutivo contiene:

1. La intimación al ejecutado para que entregue el bien dentro del plazo fijado por el Juez atendiendo a la naturaleza de la obligación, bajo apercibimiento de procederse a su entrega forzada; y en caso de no realizarse la entrega por destrucción, deterioro, sustracción u ocultamiento atribuible al obligado, se le requerirá para el pago de su valor, si así fue demandado.

2. La autorización para la intervención de la fuerza pública en caso de resistencia.

Comentario

El artículo 705 define el contenido esencial del mandato ejecutivo en la ejecución de obligación de dar bien mueble determinado. Establece que dicho mandato debe contener la intimación al ejecutado para entregar el bien dentro de plazo judicial, bajo apercibimiento de entrega forzada, y la autorización para usar fuerza pública ante resistencia.

Temas: proceso ejecutivo, obligación de dar bien mueble, mandato ejecutivo, entrega forzada, ejecución forzada, fuerza pública