Artículo 640. Formación del cuaderno cautelar
En un proceso en trámite, el cuaderno cautelar se forma con copia simple de la demanda, sus anexos y la resolución admisoria. Estas se agregan a la solicitud cautelar y a sus documentos sustentatorios. Para la tramitación de este recurso está prohibido el pedido del expediente principal.
Comentario
Regula la documentación que integra el cuaderno cautelar en procesos contenciosos en trámite. Establece que dicho cuaderno se conforma con copia simple de la demanda, anexos y resolución admisoria, agregadas a la solicitud cautelar y documentos sustentatorios, prohibiendo la solicitud del expediente principal para su tramitación.
Temas: expediente cautelar, segregación de cuadernos, medida cautelar, autonomía procesal, celeridad procesal, documentación necesaria