Código Procesal Civil

Artículo 579. Contenido de la sentencia

La sentencia acogerá el contenido del convenio propuesto, siempre que asegure adecuadamente la obligación alimentaria y los deberes inherentes a la patria potestad y derechos de los menores o incapaces.

Comentario

Norma que regula el contenido vinculante de la sentencia en procesos de separación convencional y divorcio ulterior. La sentencia debe reproducir el convenio de las partes, pero únicamente si garantiza suficientemente las obligaciones alimentarias y el ejercicio de la patria potestad respecto de menores o incapaces.

Temas: separación convencional, divorcio ulterior, obligación alimentaria, patria potestad, homologación judicial de acuerdos, interés superior del menor