Artículo 511. Competencia de grado
El Juez Especializado en lo Civil, o el Juez Mixto, en su caso, es el competente para conocer los procesos de responsabilidad civil de los jueces, inclusive si la responsabilidad fuera atribuida a los Vocales de las Cortes Superiores y de la Corte Suprema.
Comentario
Establece la competencia material para conocer demandas de responsabilidad civil contra jueces de cualquier nivel jerárquico. El Juez Especializado en lo Civil o Juez Mixto, según corresponda, es el órgano competente para resolver estos procesos, sin excepción por rango o instancia del demandado.
Temas: responsabilidad civil de jueces, competencia jurisdiccional, independencia judicial, daño antijurídico, control de la función judicial