Artículo 359. Incumplimiento de los requisitos
El incumplimiento de alguno de los requisitos determina la declaración de inadmisibilidad o de improcedencia del medio impugnatorio, mediante resolución debidamente fundamentada. Esta resolución sólo es recurrible en queja en los casos del Artículo 401.
Comentario
Establece que la falta de cumplimiento de los requisitos de admisibilidad o procedencia de un medio impugnatorio genera su rechazo mediante resolución fundamentada. La resolución que declara la inadmisibilidad o improcedencia es recurrible únicamente en queja, conforme a lo previsto en el artículo 401.
Temas: medios impugnatorios, requisitos de admisibilidad, requisitos de procedencia, inadmisibilidad, improcedencia, queja