Código Penal

Artículo 93. Contenido de la reparación civil

La reparación comprende:

1. La restitución del bien o, si no es posible, el pago de su valor; y

2. La indemnización de los daños y perjuicios.

Comentario

El artículo 93 define el contenido material de la reparación civil como consecuencia accesoria del delito, estableciendo que comprende la restitución del bien o su valor equivalente, y la indemnización por daños y perjuicios causados. Esta disposición fija el alcance de la obligación reparatoria que el juez penal debe determinar en la sentencia.

Temas: reparación civil, restitución de bienes, indemnización de daños, daño patrimonial, daño moral, consecuencias accesorias del delito