Artículo 48. Concurso ideal de delitos
Cuando varias disposiciones son aplicables al mismo hecho se reprimirá hasta con el máximo de la pena más grave, pudiendo incrementarse ésta hasta en una cuarta parte, sin que en ningún caso pueda exceder de treinta y cinco años.
Comentario
Regula el concurso ideal de delitos, caso en que un único hecho es subsumible en varias disposiciones penales. Establece que la pena se fijará hasta el máximo de la más grave, con posibilidad de incremento de hasta una cuarta parte, sin sobrepasar treinta y cinco años de privación de libertad.
Temas: concurso ideal de delitos, unidad de hecho, principio ne bis in idem, determinación de pena, concurso de normas penales, pena privativa de libertad