Código Penal

Artículo 320

La pena será:

1.- Privativa de libertad no menor de quince años si el agente actúa en calidad de integrante de una organización que, para lograr sus fines, cualesquiera que sean, utiliza como medio el delito de terrorismo previsto en el artículo 319.

La pena será privativa de libertad no menor de veinte años cuando el agente pertenece a la organización en calidad de jefe, cabecilla o dirigente.

2.- Privativa de libertad no menor de dieciocho años, si como efecto del delito se producen lesiones en personas o daños en bienes públicos o privados.

3.- Privativa de libertad no menor de veinte años, si se hace participar a menores de edad en la comisión del delito.

4.- Privativa de libertad no menor de veinte años, si el daño en los bienes públicos o privados impide, total o parcialmente, la prestación de servicios esenciales para la población.

5.- Privativa de libertad no menor de veinte años, cuando con fines terroristas se extorsiona o secuestra personas para obtener excarcelaciones de detenidos o cualquier otra ventaja indebida por parte de la autoridad o particulares, o cuando con idéntica finalidad se apodera ilícitamente de medio de transporte aéreo, acuático o terrestre, sea nacional o extranjero, altera su itinerario, o si la extorsión o secuestro tiene como finalidad la obtención de dinero, bienes o cualquier otra ventaja.

6.- Privativa de libertad no menor de veinte años, si como efecto de la comisión de los hechos contenidos en el artículo 313 se producen lesiones graves o muerte, siempre que el agente haya podido prever estos resultados.

Comentario

El artículo 320 del Código Penal establece las penas aplicables a quien comete delito de terrorismo, graduándolas según circunstancias agravantes tales como la calidad del agente en la organización, la causación de lesiones o daños, la participación de menores, la afectación de servicios esenciales, o la comisión de actos conexos de extorsión, secuestro o apoderamiento de medios de transporte con fines terroristas.

Temas: delito de terrorismo, organización terrorista, liderazgo delictivo, agravantes punitivas, servicios esenciales, extorsión y secuestro terrorista