Artículo 265
El que, mediante trámite aduanero, elude el pago, total o parcial, de tributos a la importación o exportación de mercancías, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de cuatro años y con ciento ochenta a trescientos sesenticinco días-multa.
Comentario
Tipo penal que sanciona la elusión de tributos aduaneros mediante trámites irregulares en operaciones de importación o exportación. Establece pena privativa de libertad de uno a cuatro años y multa de ciento ochenta a trescientos sesenticinco días-multa.
Temas: defraudación tributaria aduanera, elusión de tributos a la importación y exportación, procedimiento aduanero, tributos de comercio exterior, ilícito penal fiscal