Código Penal

Artículo 251

El que aplica o desvía fraudulentamente un crédito promocional hacia una finalidad distinta a la que motivó su otorgamiento, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de dos años.

Uso indebido de información privilegiada-Formas agravadas

Comentario

El artículo 251 del Código Penal sanciona la conducta de quien, de manera fraudulenta, aplica o desvía un crédito promocional hacia un destino distinto del autorizado en su otorgamiento. La sanción es pena privativa de libertad no mayor de dos años. Protege la integridad del sistema de créditos de fomento estatal o privado destinados a fines específicos de política económica.

Temas: crédito promocional, desvío fraudulento de fondos, destino condicionado, orden financiero, pena privativa de libertad