Artículo 218. Formas agravadas
La pena será privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de ocho años y con noventa a ciento ochenta días multa cuando:
a. Se dé a conocer al público una obra de autoría humana, inédita o no divulgada, que haya recibido en confianza del titular del derecho de autor o de alguien en su nombre, sin el consentimiento del titular.
b. La reproducción, distribución o comunicación pública se realiza con fines comerciales u otro tipo de ventaja económica, o alterando o suprimiendo el nombre o seudónimo del autor, productor o titular de los derechos.
c. Conociendo el origen ilícito de la copia o reproducción, la distribuya al público, por cualquier medio, la almacene, oculte, introduzca en el país o la saque de éste.
d. Se fabrique, ensamble, importe, exporte, modifique, venda, alquile, ofrezca para la venta o alquiler, o ponga de cualquier otra manera en circulación dispositivos, sistemas tangibles o intangibles, esquemas o equipos capaces de soslayar otro dispositivo destinado a impedir o restringir la realización de copias de obras de autoría humana, o a menoscabar la calidad de las copias realizadas, o capaces de permitir o fomentar la recepción de un programa codificado, radiodifundido o comunicado en otra forma al público, por aquellos que no están autorizados para ello.
e. Se inscriba en el Registro del Derecho de Autor la obra, interpretación, producción o emisión ajenas, o cualquier otro tipo de bienes intelectuales, como si fueran propios, o como de persona distinta del verdadero titular de los derechos.
Comentario
El artículo establece las circunstancias que agravan los delitos contra derechos de autor, elevando la pena a privación de libertad de cuatro a ocho años más multa de noventa a ciento ochenta días. Tipifica conductas que implican mayor lesión al bien jurídico protegido, tales como la divulgación no autorizada de obras inéditas recibidas en confianza, la explotación comercial con alteración de autoría, la distribución dolosa de copias ilícitas, la circunvención de medidas tecnológicas de protección y el registro fraudulento de derechos intelectuales ajenos.
Temas: derechos de autor, explotación comercial ilícita, medidas tecnológicas de protección, registro de derechos intelectuales, paternidad intelectual, delitos contra propiedad intelectual