Artículo 210. Comisión de delito por culpa del agente
209, los límites máximo y mínimo de las penas privativas de libertad e inhabilitación se reducirán en una mitad.
Comentario
Artículo que establece una atenuación punitiva para los delitos de quiebra cuando el agente incurre en ellos por culpa (negligencia o imprudencia) en lugar de dolo. La reducción a la mitad de los límites de la pena privativa de libertad e inhabilitación constituye una consecuencia jurídica que diferencia el tratamiento de la culpa respecto del dolo en este tipo de infracciones.
Temas: quiebra culposa, elemento subjetivo del delito, atenuación punitiva, proporcionalidad de la pena, culpa penal, inhabilitación