Código Penal

Artículo 186-A

Dispositivos para asistir a la decodificación de señales de satélite portadoras de programas

El que fabrique, ensamble, modifique, importe, exporte, venda, alquile o distribuya por otro medio un dispositivo o sistema tangible o intangible, cuya función principal sea asistir en la decodificación de una señal de satélite codificada portadora de programas, sin la autorización del distribuidor legal de dicha señal, será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de cuatro años ni mayor de ocho años y con noventa a ciento ochenta días multa.

Comentario

Tipifica como delito contra el patrimonio la fabricación, ensamble, modificación, importación, exportación, venta, alquiler o distribución de dispositivos diseñados para decodificar señales de satélite portadoras de programas sin autorización del distribuidor legal. La conducta se sanciona con privación de libertad de cuatro a ocho años y multa de noventa a ciento ochenta días.

Temas: delitos contra el patrimonio, piratería de señales de satélite, decodificación no autorizada, distribución de dispositivos ilícitos, protección de derechos patrimoniales, servicios audiovisuales