Código Penal

Artículo 136. Difamación o injuria encubierta o equívoca

El acusado de difamación o injuria encubierta o equívoca que rehusa dar en juicio explicaciones satisfactorias, será considerado como agente de difamación o injuria manifiesta.

Comentario

El artículo 136 sanciona al acusado de difamación o injuria encubierta o equívoca que se rehúsa a proporcionar explicaciones satisfactorias en juicio, equiparándolo legalmente a quien comete difamación o injuria manifiesta. Establece así una consecuencia procesal que convierte la conducta evasiva en elemento probatorio de culpabilidad.

Temas: delitos contra el honor, difamación encubierta, injuria equívoca, carga de la prueba penal, presunción legal, derecho a la explicación