Código Penal

Artículo 12. Delito doloso y delito culposo

Las penas establecidas por la ley se aplican siempre al agente de infracción dolosa.

El agente de infracción culposa es punible en los casos expresamente establecidos por la ley.

Comentario

El artículo 12 establece la distinción fundamental entre delito doloso y delito culposo, regulando su punibilidad. La infracción dolosa es siempre punible conforme a las penas legales, mientras que la infracción culposa solo es punible cuando la ley lo prevé expresamente, lo que refleja el principio de legalidad penal.

Temas: dolo, culpa, culpabilidad, tipicidad, punibilidad, legalidad penal