Artículo 94. Plan sistemático
Si los delitos contemplados en el presente Título fueran cometidos como parte de un plan sistemático o se cometen en gran escala, la pena privativa de libertad impuesta podrá elevarse hasta en un cuarto de la pena máxima establecida para cada delito.
Comentario
El artículo 94 del CPMP establece una circunstancia agravante aplicable a los delitos contra el Derecho Internacional Humanitario cometidos conforme a un plan sistemático o en gran escala. La consecuencia jurídica es la elevación de la pena privativa de libertad hasta en una cuarta parte adicional respecto del máximo legal del delito base.
Temas: derecho internacional humanitario, circunstancia agravante, plan sistemático, crimen de guerra, responsabilidad penal militar, proporcionalidad de la pena