Código Penal Militar Policial

Artículo 421. Plazos

Este proceso tendrá los plazos siguientes:

1. La investigación preparatoria tendrá una duración máxima de diez días improrrogables;

2. Formulada la acusación fiscal, la defensa examinará la acusación y los elementos presentados en el plazo de veinticuatro horas;

3. El juicio oral se iniciará no antes de dos días ni después de cuatro, de recibida la acusación fiscal;

4. La audiencia se realizará sin interrupción, pudiendo suspenderse sólo por un día; y

5. La sentencia podrá ser impugnada en el mismo acto de lectura o en el plazo de un día.

Comentario

Artículo que establece los plazos procesales acelerados aplicables a un proceso penal militar policial especial. Regula cinco momentos clave del procedimiento: investigación preparatoria, examen de la acusación, iniciación del juicio oral, desarrollo de la audiencia e impugnación de sentencia, con duraciones máximas breves e improrrogables en su mayoría.

Temas: plazos procesales, celeridad procesal, procedimiento penal militar, defensa técnica, impugnación de sentencia