Artículo 412
Decisión.
La sentencia absolutoria ordenará la libertad del sentenciado, la cesación de todas las medidas cautelares, la restitución de los objetos afectados al procedimiento que no estén sujetos a comiso y las inscripciones necesarias. La libertad del sentenciado se otorgará aun cuando la sentencia absolutoria no esté firme.
La sentencia condenatoria fijará con precisión las penas que correspondan y decidirá sobre la entrega de objetos decomisados o su destrucción.
Comentario
Artículo que regula los efectos jurídicos de las sentencias absolutorias y condenatorias en el proceso penal militar policial. Establece que la sentencia absolutoria ordena la libertad inmediata del sentenciado, cesa medidas cautelares y restituye bienes; la sentencia condenatoria fija penas con precisión y decide sobre decomiso.
Temas: sentencia absolutoria, libertad inmediata, medidas cautelares, comiso de bienes, sentencia condenatoria, ejecución de sentencia penal