Artículo 362
Denuncias públicas.
Cuando se hayan efectuado denuncias públicas genéricas, quien se considere afectado por ellas, podrá solicitar a la Fiscalía Militar Policial que corresponda, que se le informe sobre la existencia de una investigación o, en su caso, certifique que no se le ha iniciado ninguna.
Comentario
Establece el derecho de toda persona considerada afectada por denuncias públicas genéricas a solicitar información a la Fiscalía Militar Policial sobre la existencia o inexistencia de investigación en su contra. Garantiza el acceso a información sobre la situación procesal y el derecho a conocer si existe investigación abierta.
Temas: acceso a información procesal, denuncias genéricas, derecho de defensa, fiscalía militar policial, transparencia procesal, derechos del investigado