Artículo 20. Clases de penas limitativas de derechos
Las penas limitativas de derechos son:
1. Degradación;
2. Expulsión de las Fuerzas Armadas o la Policía Nacional;
3. Separación temporal o absoluta del servicio; y,
4. Inhabilitación.
Comentario
El artículo 20 del Código Penal Militar Policial clasifica las penas limitativas de derechos aplicables a militares y policías en cuatro modalidades: degradación, expulsión, separación del servicio e inhabilitación. Estas penas restringen derechos funcionales sin afectar la libertad ambulatoria, constituyendo consecuencias disciplinarias graves en el régimen penal militar y policial.
Temas: penas limitativas de derechos, degradación militar policial, expulsión de fuerzas armadas, separación del servicio, inhabilitación funcional, sanciones disciplinarias castrenses