Código Penal Militar Policial

Artículo 20. Clases de penas limitativas de derechos

Las penas limitativas de derechos son:

1. Degradación;

2. Expulsión de las Fuerzas Armadas o la Policía Nacional;

3. Separación temporal o absoluta del servicio; y,

4. Inhabilitación.

Comentario

El artículo 20 del Código Penal Militar Policial clasifica las penas limitativas de derechos aplicables a militares y policías en cuatro modalidades: degradación, expulsión, separación del servicio e inhabilitación. Estas penas restringen derechos funcionales sin afectar la libertad ambulatoria, constituyendo consecuencias disciplinarias graves en el régimen penal militar y policial.

Temas: penas limitativas de derechos, degradación militar policial, expulsión de fuerzas armadas, separación del servicio, inhabilitación funcional, sanciones disciplinarias castrenses