Artículo 15. Inmodificabilidad
Las circunstancias y cualidades que afecten la responsabilidad de alguno de los autores y partícipes no modifican la de los otros autores o participes del mismo hecho punible.
Comentario
El artículo establece que las circunstancias personales, cualidades o condiciones que favorecen o gravan la responsabilidad penal de uno de los autores o partícipes no se extienden ni afectan automáticamente a los demás intervinientes en el mismo hecho delictivo. Cada sujeto responde únicamente por su propia responsabilidad, determinada por sus circunstancias particulares.
Temas: responsabilidad penal individual, coautorías y participación criminal, circunstancias atenuantes y agravantes, personalidad de la pena, hechos punibles de función