Código de Procedimientos Penales
Artículo 329
La sentencia absolutoria se cumplirá dando inmediatamente libertad al acusado, si se halla detenido, o cancelando la caución o fianza si se encuentra en libertad provisional.
Comentario
El artículo 329 regula el cumplimiento de la sentencia absolutoria, disponiendo que debe ejecutarse inmediatamente mediante la liberación del condenado si está detenido, o la cancelación de caución o fianza si goza de libertad provisional. La norma asegura la efectividad instantánea de la absolución como consecuencia jurídica de la inexistencia de culpabilidad probada.
Temas: sentencia absolutoria, ejecución de sentencias penales, libertad personal, caución y fianza penal, cumplimiento inmediato