Código de Procedimientos Penales
Artículo 292. Resoluciones recurribles en recursos de nulidad
Resoluciones recurribles en recursos de nulidad.
El recurso de nulidad procede contra:
a) las sentencias en los procesos ordinarios;
b) los autos expedidos por la Sala Penal Superior en los procesos ordinarios que, en primera instancia, revoquen la condena condicional, la reserva del fallo condenatorio, la pena de multa o las penas de prestación de servicios a la comunidad o de limitación de días libres;
c) los autos definitivos dictados por la Sala Penal Superior que, en primera instancia, extingan la acción o pongan fin al procedimiento o a la instancia;
d) los autos emitidos por la Sala Penal Superior que, en primera instancia, se pronuncien sobre la refundición de penas o la sustitución de la pena por retroactividad benigna, o que limiten el derecho fundamental a la libertad personal; y,
e) las resoluciones expresamente previstas por la ley
Comentario
Artículo que determina cuáles son las resoluciones judiciales susceptibles de impugnación mediante el recurso de nulidad. Establece el ámbito material del recurso de nulidad identificando sentencias y autos dictados por la Sala Penal Superior que pueden ser objeto de este medio extraordinario de impugnación.
Temas: recurso de nulidad, resoluciones recurribles, autos definitivos, sentencias en proceso ordinario, derechos fundamentales, medios impugnatorios