Código de Procedimientos Penales
Artículo 104
En ningún caso procede la libertad provisional de los procesados por delitos en los que la ley lo prohibe.
Comentario
Establece una prohibición absoluta de acceso a la libertad provisional para procesados en determinados delitos cuando la ley así lo prevea. Se trata de una regla de exclusión que impide al juez otorgar esta medida cautelar, independientemente de las circunstancias del caso.
Temas: libertad provisional, medidas cautelares personales, restricción procesal, delitos graves, discrecionalidad judicial limitada, protección de bienes jurídicos