Código de los Niños y Adolescentes
Artículo 32. Política
La política de promoción, protección y atención al niño y al adolescente es el conjunto de orientaciones y directrices de carácter público, dictadas por el PROMUDEH, cuyo objetivo superior es garantizar sus derechos consagrados en la normatividad.
Comentario
El artículo define la política de promoción, protección y atención al niño y adolescente como el conjunto de orientaciones y directrices de carácter público emanadas del PROMUDEH. Su efecto jurídico es establecer el marco normativo y directivo que orienta la actuación estatal para garantizar los derechos de la población infantil y adolescente conforme a la ley.
Temas: política pública de niñez y adolescencia, promoción y protección de derechos infantiles, interés superior del niño, orientaciones y directrices administrativas, competencia estatal en atención integral