Código de los Niños y Adolescentes
Artículo 25. Ejercicio de los derechos y libertades
El Estado garantiza el ejercicio de los derechos y libertades del niño y del adolescente consagrados en la ley, mediante la política, las medidas, y las acciones permanentes y sostenidas contempladas en el presente Código.
Comentario
El artículo 25 establece que el Estado tiene la responsabilidad de garantizar el ejercicio efectivo de los derechos y libertades reconocidos a niños y adolescentes en la ley. Esta garantía se materializa a través de políticas, medidas y acciones permanentes y sostenidas previstas en el propio Código. La norma convierte en obligación estatal positiva la protección integral de la infancia y adolescencia.
Temas: garantía estatal de derechos, políticas públicas de infancia, ejercicio efectivo de derechos, obligaciones del estado, protección integral