Artículo 581
DEROGADO por la Décimo Sexta Disposición Final del Decreto Legislativo Nº 770
31-10-1993
Comentario
Artículo derogado del Código de Comercio relativo a la suspensión de pagos y quiebras. Su contenido ha sido suprimido por la Décimo Sexta Disposición Final del Decreto Legislativo Nº 770, con vigencia desde el 31 de octubre de 1993.
Temas: derogación de normas, suspensión de pagos, derecho concursal, quiebras, vigencia normativa