Código de Comercio

Artículo 581

DEROGADO por la Décimo Sexta Disposición Final del Decreto Legislativo Nº 770

31-10-1993

Comentario

Artículo derogado del Código de Comercio relativo a la suspensión de pagos y quiebras. Su contenido ha sido suprimido por la Décimo Sexta Disposición Final del Decreto Legislativo Nº 770, con vigencia desde el 31 de octubre de 1993.

Temas: derogación de normas, suspensión de pagos, derecho concursal, quiebras, vigencia normativa