Código de Comercio

Artículo 557. Concepto

Son cartas-órdenes de crédito, las expedidas de comerciante a comerciante, o para atender a una operación mercantil.

Comentario

Define las cartas-órdenes de crédito como instrumentos expedidos por comerciantes dirigidos a otros comerciantes para facilitar operaciones mercantiles. Constituye la norma definitoria que establece el ámbito subjetivo (comerciantes) y objetivo (operaciones comerciales) de esta institución crediticia.

Temas: crédito comercial, instrumentos de financiamiento mercantil, definición de carta-orden, sujetos comerciantes, operaciones mercantiles