Artículo 409. Facultad del asegurador de resolver el contrato por accidentes ulteriores
(Derogado)
Comentario
Artículo derogado por la Ley N° 29946. Su derogación entró en vigor ciento ochenta días después de la publicación de dicha ley (27 de noviembre de 2012). No produce efecto jurídico alguno en el ordenamiento vigente.
Temas: derogación, vigencia diferida, vacatio legis, prescripciones comerciales, transición normativa